El Ministerio de Educación publicó para comentarios el proyecto PN-2026-32629, que modificaría el Decreto 1075 de 2015. La propuesta permitiría que personas jurídicas públicas o privadas apoyen la administración de colegios oficiales por periodos de dos a doce años, bajo condiciones excepcionales. El documento todavía puede cambiar y no está vigente.
La discusión no consiste en la venta de los colegios. La infraestructura y la responsabilidad del servicio continuarían siendo públicas. El cambio relevante es que la organización, coordinación, administración, custodia, mantenimiento y operación cotidiana de uno o varios establecimientos oficiales podrían quedar temporalmente en manos de un operador externo.
¿Qué propone el proyecto?
El borrador distingue entre la prestación del servicio educativo, en la que un tercero atiende directamente a los estudiantes en su propio establecimiento, y el apoyo a la administración, mediante el cual un operador organiza y dirige establecimientos oficiales mientras la entidad territorial certificada conserva la titularidad y la responsabilidad pública del servicio.
- Los contratos de apoyo a la administración tendrían una duración mínima de dos años y máxima de doce.
- El operador tendría que acreditar, entre otros requisitos, al menos diez años de experiencia en administración o prestación del servicio educativo.
- La contratación con terceros debería justificarse mediante estudios de insuficiencia o limitaciones de la oferta oficial.
- El contrato tendría que incluir todas las sedes que integran el establecimiento educativo.
- Los operadores no podrían subcontratar el objeto contratado, cobrar a los estudiantes por componentes incluidos en la canasta educativa ni impedir la supervisión o interventoría.
El personal contratado no ingresaría a la planta oficial.
Según el texto analizado, los docentes, directivos docentes y administrativos vinculados por el operador se regirían por el derecho laboral privado y no tendrían relación laboral con la entidad territorial. El contratista tampoco podría utilizar para ejecutar el contrato a personal que pertenezca a la planta oficial.
Esto no significa que los docentes de carrera que ya están vinculados pierdan automáticamente su nombramiento. El proyecto crea una modalidad paralela para el personal contratado por el operador. Sin embargo, el magisterio advierte que la expansión de ese modelo podría debilitar el crecimiento de la planta pública y aumentar formas de vinculación laboral menos estables.
¿Qué papel tendrían las iglesias?
El proyecto también contempla contratos con iglesias y confesiones religiosas para promover e implementar estrategias de desarrollo pedagógico en establecimientos oficiales. En esa modalidad, la entidad territorial aportaría la infraestructura y el personal disponible, mientras la organización religiosa suministraría componentes faltantes y apoyo pedagógico o administrativo para desarrollar el Proyecto Educativo Institucional o el Proyecto Educativo Comunitario.
Una precisión necesaria: el documento no afirma que las iglesias recibirían automáticamente la administración general de los colegios mediante esta figura. El apoyo a la administración corresponde a otra modalidad abierta a personas jurídicas públicas o privadas. La ministra de Educación, Viviane Morales, sostuvo además que la contratación de estrategias pedagógicas con organizaciones religiosas tiene antecedentes en la Ley 115 de 1994 y en normas posteriores.
Lo que defiende el Gobierno.
La posición oficial es que la contratación debe ser excepcional, temporal y sustentada en estudios técnicos. El proyecto incluye el principio de reducción progresiva, que obliga a las entidades territoriales a formular medidas para superar las causas que originaron la contratación. El Ministerio también podría revisar los estudios y trasladar posibles irregularidades a los organismos de control.
El argumento favorable es que el mecanismo permitiría mantener la continuidad del servicio cuando falten docentes, directivos, infraestructura o capacidad institucional, especialmente durante emergencias o en territorios donde la respuesta estatal no llega a tiempo.
Las preocupaciones del magisterio.
Fecode interpreta la propuesta como un riesgo de privatización progresiva. Sus cuestionamientos se concentran en el traslado de recursos públicos a operadores externos, la contratación de personal bajo régimen privado, la posible prolongación de una medida presentada como excepcional y la participación de organizaciones religiosas en procesos pedagógicos.
La palabra privatización corresponde, en este caso, a la valoración política del sindicato y de otros críticos. El proyecto no ordena vender los establecimientos ni convertirlos jurídicamente en colegios privados. Sí permitiría que la administración cotidiana de instituciones que seguirían siendo oficiales quedara en manos de terceros durante varios años.
¿Qué podría significar para Chocó y Alto Baudó?
En territorios con sedes dispersas, dificultades de transporte, déficit de infraestructura y demoras en la provisión de personal, el mecanismo podría presentarse como una solución para garantizar continuidad. Pero su aplicación exigiría controles especialmente rigurosos: demostrar la insuficiencia real, publicar los estudios técnicos, identificar al operador, conocer el presupuesto y la canasta educativa, vigilar la contratación del personal y comprobar resultados por sede.
Hasta la fecha de esta publicación, Voces detrás del silencio no encontró una decisión que aplique específicamente este proyecto a instituciones educativas de Alto Baudó. Tampoco existe un contrato derivado de esta iniciativa, porque el documento continúa en etapa de comentarios. Por eso no puede afirmarse que algún colegio del municipio vaya a ser entregado a un operador privado.
El proyecto todavía puede cambiar.
La consulta pública comenzó el 21 de agosto de 2026 y, según la ficha disponible en SUCOP, recibe comentarios hasta el 27 de agosto. Después, el Ministerio deberá revisar las observaciones y decidir si modifica, retira o expide el decreto.
La discusión responsable debe distinguir tres momentos: el texto propuesto, el decreto que eventualmente se expida y la aplicación concreta que hagan las entidades territoriales. Presentar el borrador como una decisión definitiva sería incorrecto; minimizar sus posibles efectos sobre la administración y el empleo docente también impediría un debate informado.
Nota de verificación
Hecho confirmado: existe el proyecto PN-2026-32629 y está publicado para comentarios.
No confirmado: no hay evidencia de que la propuesta haya sido expedida como decreto definitivo ni de que ya se haya aplicado a un colegio de Alto Baudó.
Declaración oficial: la ministra Viviane Morales sostiene que varias figuras tienen antecedentes legales y que no constituyen una ruptura completa con la regulación vigente.
Posición crítica: Fecode califica el proyecto como un riesgo de privatización y precarización laboral. Esa es la interpretación del sindicato, no una conclusión jurídica definitiva de Voces detrás del silencio.
Fuentes
- Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), Ministerio de Educación Nacional. “Proyecto PN-2026-32629”, consulta pública iniciada el 21 de agosto de 2026.
- Caracol Radio. “Proyecto de MinEducación permitiría contratos con iglesias y privados para operar colegios públicos”, 25 de agosto de 2026.
- El Universal/Colprensa. “Ministra de Educación responde a críticas por decreto sobre colegios públicos”, 25 de agosto de 2026.
- Infobae Colombia. “Reforma del Ministerio de Educación permitiría que privados e iglesias gestionen el servicio educativo en colegios públicos”, 24 de agosto de 2026.
Imagen destacada: ilustración creada con inteligencia artificial para Voces detrás del silencio. No representa un colegio ni un contrato específico.




Deja un comentario